Fecha de caducidad y consumo preferente

Fecha

Según la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) los españoles tiramos un tercio de los alimentos que se producen, 7.7 millones de toneladas cada año. Parte de la responsabilidad de este desperdicio se debe a que las grandes cadenas alimenticias se ven obligadas a quitar de la circulación alimentos que superen tanto la fecha caducidad como la fecha de consumo preferente.

Según la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) los españoles tiramos un tercio de los alimentos que se producen, 7.7 millones de toneladas cada año. Parte de la responsabilidad de este desperdicio se debe a que las grandes cadenas alimenticias se ven obligadas a quitar de la circulación alimentos que superen tanto la fecha caducidad como la fecha de consumo preferente. Pero ¿cómo debemos actuar cuando los alimentos se nos caducan en casa?, ¿podemos consumirlos? Para poder responder a esta pregunta primero debemos diferenciar entre fecha de caducidad y fecha de consumo preferente.

La Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN) explica que la fecha de caducidad es aquella que una vez superada no se debe ingerir el alimento con el fin de evitar eventuales problemas sanitarios. Los productos que aparecen con esta fecha son alimentos microbiológicamente muy perecederos, una pequeña minoría, como las carnes picadas o las verduras preparadas.

En cambio, si los alimentos son de mayor duración, como son algunos productos cárnicos curados, en el envase aparecerá la fecha de consumo preferente, que indica que su contenido, después de ese día, ya no ofrece toda su calidad al consumidor. Es la fecha hasta la cual los alimentos conservan sus propiedades específicas, siempre que sean adecuadamente conservados, y hace referencia a aspectos organolépticos (presencia, textura, sabor) y nutritivos. Es decir, después de esa fecha, pueden consumirse sin riesgo para la salud.

Las empresas elaboradoras son las responsables de determinar las fechas de caducidad o consumo preferente de sus productos, para ello se basan en estudios de vida útil que, entre otras cosas, analizan organoléptica y microbiológicamente los alimentos en diferentes tiempos.

Sabiendo esto, y teniendo en cuenta que, la duración de un producto depende de muchos factores como son: las condiciones de elaboración, distribución, almacenaje en tienda y conservación en los hogares, podemos determinar que cuando un producto ha sobrepasado la fecha de caducidad, no debería consumirse, el fabricante no nos asegura la inocuidad de este. Mientras que, si un alimento ha superado la fecha de consumo preferente, podemos consumirlo sin riesgo para la salud, pero sabiendo que puede haber perdido las características originales.

Algunos métodos de conservación, como el congelado o el envasado al vacío ayudan a alargar la vida útil del producto, siempre que se congelen o envasen en las condiciones adecuadas.

A pesar de que es necesario conocer todo lo anterior mencionado, a la hora de decidir si consumimos o no un alimento, siempre hay que hacer uso del sentido común. Si un producto tiene color diferente al habitual, olores desagradables, sabores extraños, o su envase está muy deteriorado, no debemos dudar, indique lo que indique la etiqueta, en desecharlo. Siempre es mejor prevenir que curar.

Ana Domínguez Muñoz
Veterinaria, Responsable de Calidad Carnavi S.L.

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